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TITULO:   Estructura Orgánica y Nombramientos Secretaría de Servicios Públicos
ARTÍCULO 1°.- Establécese la Estructura Orgánica y Funcional de la Secretaría de Servicios Públicos, en los Departamentos, Coordinaciones, Divisiones y Áreas que la conforman, y que a continuación se detallan, en virtud de lo expresado en el considerando precedente. TÍTULO I De las dependencias directas de la Secretaría de Servicios Públicos CAPITULO I ARTÍCULO 2°.- Créase el Departamento de Asesoría Legal Ambiental, el que entenderá en el asesoramiento legal en relación a temáticas urbano-ambientales; así como también a las que estén vinculadas a sus servicios y sus cuencas hídricas, en todo trámite administrativo en la Secretaría, comprendiendo las siguientes funciones: redacción de contratos relacionados a la Secretaría, dictaminar en Expedientes específicos de la temática, redacción de proyectos normativos, y en todo lo que se vincule a la materia urbano-ambiental. Asimismo coordinará el funcionamiento del Equipo de Trabajo de Humedales, creado por Artículo 14° Ordenanza 36.802 (modificada por Ordenanza N° 37.532). Se relacionará con el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Servicios Públicos. ARTÍCULO 3º.- Designase Jefe del Departamento de Asesoría Legal Ambiental, a la Dra. GABRIELA ELISA PEREZ, DNI Nº 18.241.677; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 2° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político - Nivel 1. ARTÍCULO 4° .- Créase el Departamento de Recursos Humanos, que tendrá las funciones de control y registro de liquidaciones de horas extraordinarias, convenios, adicionales y complementos, de acuerdo con el presupuesto de la Secretaría; asimismo, tendrá a cargo funciones administrativas en trámites inherentes a Recursos Humanos, tales como, diligenciamiento de expedientes, redacción de decretos y resoluciones administrativas. También controlará licencias, registración horaria y notificación del personal de la Secretaría. Se relacionará con el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaría de Servicios Públicos. ARTÍCULO 5°.- Designase Jefe del Departamento de Recursos Humanos a la Agente EMA LUCRECIA SUBELDIA, DNI N° 27.168.464, Legajo N° 4489; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 4° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 6°.- Créase el Área de Prensa: Entenderá en la creación de contenidos para su correspondiente publicación en los distintos medios de comunicación masivos ofreciendo una forma inteligente de comunicar, a través de producciones de acontecimientos, promocionando sitios web, realizando campañas de concientización. Así también se encargará de fortalecer los lazos con la comunidad, a través de los medios de comunicación, promoviendo contenidos en relación a todas las obras o servicios que presta la Secretaría, a la comunidad. Se relacionará con el Departamento Ejecutivo Municipal a través de la Secretaria de Servicios Públicos. ARTÍCULO 7º.- Designase Jefa del Área de Prensa dependiente de la Secretaria de Servicios Públicos, a la Agente MARIELA ANDREA CAZARRÉ, DNI N° 26.188.096, Legajo 6139, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 6°, del presente Decreto. Dicha Área tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 8°- Créase la Coordinación de Logística, Compras, Contrataciones e Inventarios, tendrá a su cargo toda operación de compra que realice la Municipalidad de Concordia, ya sea mediante cotejos y concursos de precios, llamados y adjudicación de licitaciones privadas y públicas, contrataciones e inventarios de las áreas de la Secretaría que lo requieran, en el marco de la normativa vigente en materia de contrataciones. Se relacionará con el Departamento Ejecutivo a través de la Secretaría de Servicios Públicos. ARTÍCULO 9º.- Designase Jefe de Coordinación de Logística, Compras, Contrataciones e Inventarios, al Sr. FABRICIO ENRIQUE BRIKMAN, DNI Nº 21.984.039, Legajo N° 3403; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 8° del presente Decreto. Tendrá rango de Jefe de Departamento Político - Nivel 1. ARTÍCULO 10°.- Créase la División Administrativa de Compras e Inventarios, que tendrá a su cargo la elaboración de actos administrativos de compras que realice la Secretaría, ya sea mediante cotejos y concursos de precios, llamados y adjudicación de licitaciones privadas y públicas, de las áreas de la Secretaría que lo requieran, en el marco de la normativa vigente en materia de contrataciones siguiendo las pautas que establezca la superioridad. Se relacionará con la Secretaría de Servicios Públicos a través de la Coordinación de Logística, Compras, Contrataciones e Inventarios. ARTÍCULO 11°.- Designase Jefe de la División Administrativa de Compras e Inventarios a la Agente LIDIA SOLEDAD DE LOS SANTOS CARDOZO, DNI N° 25.872.064, Legajo N° 4919; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 10° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. De la Dirección de Administración y Despacho CAPITULO II ARTÍCULO 12°- Créase el Área Mesa de Entradas de la Secretaría de Servicios Públicos: Se ocupará de la atención al público en general, consultas, asesoramiento e inicio de trámites y entenderá en la recepción, registro de ingreso y egreso, búsqueda y distribución de Expedientes correspondientes a la Secretaría de Servicios Públicos, en el marco de las normativas vigentes. Se relacionará con la Secretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Administración y Despacho. ARTÍCULO 13°- Desígnase Jefa del Área Mesa de Entradas de la Secretaría de Servicios Públicos, a la Agente SILVIA ANDREA TAVELLA, DNI N° 20.248.762, Legajo Nº 4984, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 12°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. TÍTULO II De las dependencias directas de la Subsecretaría de Servicios Públicos CAPÍTULO I ARTÍCULO 14°.- Créase el Departamento Administración: que tendrá a su cargo la elaboración de actos administrativos - Decretos, Ordenanzas, Resoluciones, Memorándum, Circulares internas, Contratos, Convenios - siguiendo las pautas que establezca la superioridad. Se ocupará del control y registro del personal, e informará semanalmente a la Dirección. Se relacionará con la Secretaría de Servicios Públicos a través de la Subsecretaría de Servicios Públicos. ARTÍCULO 15°.- Designase Jefa del Departamento Administración, a la Agente MARÍA EUGENIA NOBLEGA, DNI N° 27.590.619, Legajo N° 3210; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 14° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 16°.- Créase el Área Administrativa: Entenderá en las tareas administrativas, orientación y diligenciamiento de los expedientes inherentes a la Dirección, como asimismo, en la programación, coordinación y ejecución de toda tarea administrativa y/o función que determine, encomiende y asigne la Dirección. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos, a través del Departamento Administración. ARTÍCULO 17°.- Designase Jefa de Área Administrativa, a la Agente ANABELIA ROMINA BENITEZ, DNI N° 28.333.467, Legajo N° 5642; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 16° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 18°.- Créase el Área de Mesa de Entradas, que entenderá en la recepción, registro, ingreso, egreso y búsqueda de Expedientes y todo trámite administrativo correspondiente en el marco de las normativas vigentes de la Subsecretaría de Servicios Públicos. Se relacionará con la Secretaría, a través del Departamento Administración. ARTÍCULO 19°.- Designase Jefa del Área de Mesa de Entradas, a la Agente MARIELA ALICIA MEDINA, DNI N° 18.503.174, Legajo N° 3446; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 18° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 20°- Créase el Departamento Compras e Inventarios el tendrá a su cargo toda operación de compra que realice ya sea mediante cotejos y concursos de precios, llamados y adjudicación de licitaciones privadas y públicas, en el marco de la normativa vigente en materia de contrataciones de las distintas reparticiones, control y actualización permanente de Stock de las compras de las áreas dependientes de la Subsecretaría debiendo elevar toda tramitación a su cargo, a la Secretaría, a través de la Coordinación de Logística, Compras, Contrataciones e Inventarios. Dependiendo orgánica y jerárquicamente de la Subsecretaría de Servicios Públicos. ARTÍCULO 21°.- Designase Jefe del Departamento Compras e Inventarios, al Señor JORGE RAMON TRENTIN, DNI N° 13.198.867, Legajo N° 3369, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 20°, del presente Decreto. Sin liquidación por el cargo. ARTÍCULO 22°.- Créase la División Operativa de Compras e Inventarios la que será competente de forma exclusiva en la recepción de insumos de bienes, control y actualización permanente de Stock de las compras de las áreas dependientes de la Subsecretaría de Servicios Públicos. Debiendo trabajar coordinadamente, con la Coordinación de Logística, Compras, Contrataciones e Inventarios. Dependiendo orgánica y jerárquicamente de la Subsecretaría de Servicios Públicos. ARTÍCULO 23°.- Desígnese Jefe de División Operativa de Compras e Inventarios al Agente ELVIO DANIEL RODRÍGUEZ D.N.I N° 33.811.090, Legajo 5730, quien tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 22° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. CAPÍTULO II De la Dirección de Talleres y Depósitos ARTÍCULO 24°.- Créase el Departamento de Administración, el que coordinará las necesidades de adquisición y/o provisión por repartición de repuestos, combustibles, lubricantes y otros. Cooperará con la Dirección de Administración y Despacho en lo que ésta le requiera. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos. ARTÍCULO 25°.- Designase Jefe del Departamento de Administración a la Señora ANALIA ALEJANDRA OVIEDO, DNI N° 31.706.500, Legajo N° 3383, para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 24º del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político Nivel 3. ARTÍCULO 26º.- Créase el Departamento Taller Mecánica, Turno Tarde, que entenderá en las tareas de mantenimiento y reparación de todo el Parque Automotor Municipal y brindará asesoramiento técnico al Director de Talleres y Depósitos. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos. ARTÍCULO 27º.- Desígnase Jefe del Departamento Taller Mecánica, Turno Tarde, al Señor NÉSTOR JULIÁN BACCON, DNI N° 33.510.283, Legajo N° 3488, para el desempeño de las funciones establecidas en ARTÍCULO 26º del presente Decreto. Tendrá rango Jefe de Departamento Político Nivel 3. ARTÍCULO 28º.- Créase el Departamento Taller Mecánica, Turno mañana, el que entenderá en las tareas de mantenimiento y reparación de todo el parque Automotor Municipal, durante el turno mañana. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos. ARTÍCULO 29º.- Desígnase Jefe del Departamento Taller Mecánica Turno mañana, al Agente JOSÉ MANUEL GASTARDELLO, DNI N° 13.198.294, Legajo N° 4567, para el desempeño de las funciones establecidas en ARTÍCULO 28º del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 30°.- Créase el Departamento Depósito General, que tendrá a su cargo la custodia y provisión de herramientas para las distintas tareas a realizarse en el taller mecánico, así como también la custodia y registro de todos los materiales depositados. Se relacionará con la Dirección de Talleres y Depósitos a través del Departamento de Taller Mecánica. ARTÍCULO 31°.- Desígnase Jefe de Departamento Depósito General al Agente ÁNGEL DANIEL DOVAL, DNI N° 16.801.691, Legajo N° 9383; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 30° del presente Decreto. Sin liquidación del cargo. ARTÍCULO 32°.- Créase el Área Gomería Turno Mañana que entenderá en la reparación y mantenimiento del engomado vehicular del parque automotor durante el turno de mañana. Se relacionará con la Dirección de Talleres y Depósitos a través del Departamento de Taller Mecánica. ARTÍCULO 33°.- Desígnase Jefe del Área Gomería Turno mañana, al Agente NÉSTOR OSCAR NARVAEZ, DN? ?° 32.548.252, Legajo N 6292, para el desempeño de las funciones asignadas dispuesta en el ARTÍCULO 32° del presente Decreto. ARTÍCULO 34°.- Créase el Área Gomería Turno Tarde que entenderá en la reparación y mantenimiento del engomado vehicular del parque automotor durante el turno de tarde. Se relacionará con la Dirección de Talleres y Depósitos a través del Departamento de Taller Mecánica. ARTÍCULO 35°.- Desígnase Jefe del Área Comería Turno Tarde al Agente ARMANDO GUILLERMO ALANIS, DN? ?° 25.806.976, Legajo N° 6485, para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 34° del presente Decreto. ARTÍCULO 36°.- Créase la División Vehículos Pesados Turno Mañana, que entenderá en el control de las necesidades, provisión y recepción de los componentes requeridos destinados al mantenimiento y reparación del parque automotor y máquinas viales durante el turno de la mañana. Se relacionará con la Dirección de Talleres y Depósitos a través del Departamento de Taller Mecánica. ARTÍCULO 37°.- Desígnase Jefe del División Vehículos Pesados Turno Mañana, al Agente NICOLÁS MANUEL GASTARDELLO, DNI N° 31.365.285, Legajo N° 6021, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 36° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 38°.- Créase la División Vehículos Pesados Turno Tarde, que entenderá en el control de las necesidades, provisión y recepción de los componentes requeridos destinados al mantenimiento y reparación del parque automotor y máquinas viales durante el turno de la mañana. Se relacionará con la Dirección de Talleres y Depósitos a través del Departamento de Taller Mecánica ARTÍCULO 39° - Desígnase Jefe de la División Vehículos Pesados Taller Mecánica Turno Tarde, al Agente CLAUDIO HUMBERTO GIAQUINTO, DNI N° 28.586.453, Legajo N 5779, que tendrá las funciones dispuestas en ARTÍCULO 38º del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 40°.- Créase el Área Electricidad y Electrónica del Automotor: Entenderá en todo lo concerniente a la parte eléctrica del automotor de los vehículos municipales, así como de la custodia de los materiales necesarios para el desarrollo de sus tareas. Se relacionará con la Dirección de Talleres y Depósitos a través del Departamento de Taller Mecánica. ARTÍCULO 41°.- Desígnase Jefe del Área Electricidad y Electrónica del Automotor al Agente ANGEL MOISES BAEZ, DNI Nº 35.558.240, Legajo Nº5969, designación dispuesta en el ARTÍCULO 40° del presente Decreto. ARTÍCULO 42°.- Créase el Departamento de Depósito y Combustible, que tendrá la función de la custodia y provisión de combustible e insumos para las distintas tareas a realizarse, así como también el registro de todos los retiros. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos. ARTÍCULO 43°.- Designase Jefe del Departamento de Depósito y Combustible a la Señora LARA NOELIA PAMELA MOROSINI, DNI N° 34.681.218, Legajo N° 3388, para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 42º del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político Nivel 3. ARTÍCULO 44°.- Créase el Área Operativa y Logística de Vehículos Livianos Turno mañana, que tendrá a su cargo el registro del uso y movimientos de las unidades. Intervendrá en la designación y coordinación de choferes. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos. ARTÍCULO 45°.- Designase Jefe del Área Operativa y Logística de Vehículos Livianos Turno Mañana al Agente MARCELO GABRIEL FERNÁNDEZ, DNI N° 24.467.164, Legajo N° 3149; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO N° 44° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 46°.- Créase el Área Operativa y Logística de Vehículos Livianos Turno Tarde, que tendrá a su cargo el registro del uso y movimientos de las unidades. Intervendrá en la designación y coordinación de choferes. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos. ARTÍCULO 47°.- Designase Jefe del Área Operativa y Logística de Vehículos Livianos Turno Tarde al Agente EDUARDO MARTÍN BENÍTEZ, DNI N° 25.575.381, Legajo N° 2970; para el desempeño de las funciones asignadas en ARTÍCULO 46º del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 48°. Créase el Área Herrería: Entenderá en la reparación, fabricación y mantenimiento de componentes metálicos en general. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos. ARTÍCULO 49°.- Designase Jefe del Área Herrería, al Agente JUAN GABRIEL AYALA, DNI N° 29.014.495, Legajo N 6158, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 48°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 50°.- Créase el Área Chapa y Pintura: Tendrá a su cargo la restauración de chapa y pintura de los automotores municipales. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos. ARTÍCULO 51°.- Designase el Área Chapa y Pintura, al Señor GABRIEL FEDERICO OSORIO, DNI N° 30.358.445, Legajo, N° 9476 que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 50°, del presente Decreto. Sin liquidación por el cargo. ARTÍCULO 52°.- Créase el Área Carpintería: Tendrá a su cargo el mantenimiento y fabricación de amueblamiento en general. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos. ARTÍCULO 53°.- Designase Jefe del Área Carpintería, al Agente JORGE ANGEL BENITEZ, DNI N° 20.457.555, Legajo N° 2808, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 52, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 54° - Créase el Área Señalización y Demarcación vial: Tendrá a su cargo todo lo relacionado con la pintura y demarcación de cordones cunetas, cruce peatonal, y todo lo concerniente a trabajos de demarcaciones y señalética urbana. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Talleres y Depósitos. ARTÍCULO 55°.- Designase Jefe del Área Señalización y Demarcación vial, dependiente de la Dirección de Talleres y Depósitos de la Subsecretaria de Servicios Públicos, al Agente FAVIAN GUSTAVO ARRE, DNI N° 27.146.326, Legajo N° 4995, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 54° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. CAPÍTULO III De la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones ARTÍCULO 56°.- Créase el Departamento Administración quien entenderá en las gestiones relacionadas con las tramitaciones administrativas, mesa de entrada, trámites de conexiones eléctricas, ascensores, facturaciones de servicios, compras y convenios. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones. ARTÍCULO 57°.- Designase Jefa del Departamento Administración a la Agente VALERIA IVANA GALEANO, DNI N° 33.124.643, Legajo N° 6162; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 56° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 58º.- Créase el Departamento Mantenimiento y Ejecución de Obras, entenderá el mantenimiento y ejecución de las obras de alumbrado público en calles y paseos públicos. También comprenderá el mantenimiento y ejecución de obras en los edificios municipales, conexiones eléctricas para eventos y de reparticiones públicas. Así como, toda obra de índole eléctrica. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Electrotecnia. ARTÍCULO 59°.- Designase Jefe del Departamento Mantenimiento y Ejecución de Obras al Agente JORGE LUIS COUTINHO, DNI N° 21.773.599, Legajo N° 2214; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 58° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 60º.- Créase el Área Operativa Obras Eléctricas, la que entenderá todo lo relacionado a la coordinación, control y supervisión del personal, equipo y materiales para la ejecución de obras gestionadas por la Dirección a través del Departamento de Mantenimiento y Ejecución de Obras; además coordinará con el Área Operativa de Señales Luminosas y Semáforos el uso de los equipos para la ejecución de obras. Se relacionará con la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones a través del Departamento Mantenimiento y Ejecución de Obras. ARTÍCULO 61°.- Designase Jefe del Área Operativa Obras Eléctricas al Agente DIEGO PABLO MANUEL BRITOS, DNI N° 32.296.235, Legajo N° 5822; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 60° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 62º.- Créase el Departamento Alumbrado Público, Estudios y Proyectos: Entenderá todo lo relacionado al alumbrado público, convenios, conservación y mantenimiento así como la confección de los proyectos de Índole eléctrico y sus cálculos lumínicos correspondientes como su seguimiento y control. También generará los indicadores de gestión y base de datos de las obras ejecutadas para su seguimiento. Realizará los estudios de consumos de energía y facturación para su correcta contratación y ahorro. Podrá coordinar todas las demás Áreas y Departamentos de la Dirección. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones. ARTÍCULO 63°.- Designase Jefe del Departamento Alumbrado Público, Estudios y Proyectos dependiente de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones, al Agente ORLANDO OSCAR YACONANGELO, DNI N° 25.872 280, Legajo N° 8032, que tendrá las funciones dispuestas en el ARTÍCULO 62°, del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 64º.- Créase el Departamento Comunicación, el que tendrá a su cargo lo relativo a todo tipo de comunicaciones, entendiendo lo referente a telefonía fija y Móvil, tendido de fibra óptica entre dependencias Municipales con sus enlaces y antenas correspondientes, centrales telefónicas internas, alarmas, relojes digitales de horarios y presentismos, así como control, coordinación, empadronamiento de Agentes y sincronización de los mismos, tratamientos de expediente externos e internos relacionados con obras de Comunicaciones, así como la facturación de los servicios relacionados, análisis de los proyectos presentados para la aprobación de instalaciones de antenas y cámaras tanto en dependencias municipales como lugares públicos, debiendo elevar a la Dirección semanalmente informe de toda la tramitación efectuada. También tendrá a su cargo la transmisión de la Repetidora canal Público. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones. ARTÍCULO 65°.- Designase Jefe del Departamento Comunicación al Agente DIEGO JAVIER DEGRACIA, DNI N° 32.514.245, Legajo N° 8172; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 64° del presente Decreto. Sin Liquidación del cargo. ARTÍCULO 66º.- Créase el Departamento Señales Luminosas, Semáforos y Video vigilancia Urbana (911), el que tendrá a su cargo todo lo relativo a las señales luminosas y semáforos en la vía pública, así como montajes, control, coordinación y sincronización de los mismos. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones. ARTÍCULO 67°.- Designase Jefe del Departamento Señales Luminosas, Semáforos y Video vigilancia Urbana (911) al Agente PABLO MARCELO PERALTA, DNI N° 26.628.502, Legajo N° 3135; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 66° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 68°.- Créase el Área Video vigilancia Urbana (911), la que tendrá el diligenciamiento de Instalación, tendido de fibra óptica entre dependencias Municipales y puntos de Video vigilancia con sus enlaces y antenas correspondientes mantenimiento e inspección de las cámaras urbanas y sala de Monitoreo, comprendiente mantenimiento, proyección y obras de ampliación de las mismas. Se relacionará con la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones a través del Departamento Señales Luminosas, Semáforos y Video vigilancia Urbana (911). ARTÍCULO 69°.- Designase Jefe de Área Video vigilancia Urbana (911) al Agente NICOLÁS MARTIN RASCOVAN, DNI N° 36.169.740, Legajo N° 9524; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 68° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 70°.- Créase la División Inspecciones, la que tendrá a su cargo todo lo relativo a las inspecciones que conciernen a obras de índole eléctricas y comunicaciones sobre las cuales tenga incumbencias la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones como por ejemplo, obras por terceros y propias en la vía pública, bajada de energía, relevos técnicos, verificación del correcto emplazamiento de las instalaciones pertenecientes a empresas de servicios públicos así como otras inspecciones de este carácter que la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones crea conveniente realizar. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Electrotecnia y Comunicaciones. ARTÍCULO 71°.- Designase Jefe División Inspecciones al Agente NICOLÁS ORLANDO MANCINELLI, DNI N° 27.507.503, Legajo N° 8088; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 70° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. CAPÍTULO IV De la Dirección de Cementerios Municipales ARTÍCULO 72°.- Créase el Área Administrativa, entenderá en todo lo relacionado al Recurso Humano. Coordinará las acciones administrativas inherentes a la Dirección de Cementerios. Asistirá en el sector cobranza, como auxiliar de caja, cuando se lo requiera, ya sea por cúmulo de tareas o licencia de su titular. Desarrollará las acciones de acuerdo a los criterios dispuestos desde la Dirección. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Cementerios Municipales. ARTÍCULO 73°.- Designase Jefe de Área Administrativa a la Agente MARÍA BELEN GIL D.N.I. N° 36.546.546, Legajo N°6238, para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 72° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 74°.- Créase el Área Operativa Cementerios Municipales que entenderá en todo lo relacionado a la coordinación y supervisión de tareas y actividades operativas en dicho predio. Se relacionará con la Subsecretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Cementerio Municipal. ARTÍCULO 75°.- Designase Jefe del Área Operativa Cementerios Municipales al Agente JORGE ADRIAN MEZA, D.N.I N° 23.907.516, legajo N° 5497, para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 74° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. CAPÍTULO V De la Dirección de Recolección de Residuos ARTÍCULO 76°.- Créase la División de Recolección de Residuos Turno Mañana que se ocupará de la recolección de residuos, de acuerdo a los lineamientos de la Dirección, durante el turno mañana. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Recolección de Residuos. ARTÍCULO 77°.- Designase Jefe de la División de Recolección de Residuos Turno Mañana al Agente JOSÉ MANUEL DAVID GIL, DNI N° 16.406.339, Legajo N° 1642; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 76° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 78°.- Créase la División de Recolección de Residuos Turno Tarde que se ocupará de la recolección de residuos, de acuerdo a los lineamientos de la Dirección, durante el turno tarde. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Recolección de Residuos. ARTÍCULO 79°.-Desígnase Jefe de la División de Recolección de Residuos Turno Tarde al Agente OSCAR MARCELO MENDIETA, DNI N° 21.060.196, Legajo N° 1974; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 78° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 80°.- Créase la División de Recolección de Residuos Turno Noche que se ocupará de la recolección de residuos, de acuerdo a los lineamientos de la Dirección, durante el turno noche. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Recolección de Residuos. ARTÍCULO 81°.- Designase Jefe de la División de Recolección de Residuos Turno Noche al Agente SANTIAGO ANÍBAL CARDOZO, DNI Nº 23.009.424, Legajo N° 2391; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 80° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. #ARTÍCULO 82°.- Créase el Departamento Guardia Ambiental, que se ocupará de cuidar, vigilar y evitar que se deposite y/o se queme basura de ningún tipo en espacios que no se encuentren habilitados a tal efecto dentro del ámbito de la ciudad de Concordia. Se relacionará con la Secretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Higiene Urbana. ARTÍCULO 83°.- Designase Jefe del Departamento Guardia Ambiental al Señor JUAN JOSÉ MARTINOLI, Legajo N° 9468, para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 82° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político - Nivel 1. CAPÍTULO VI De la Dirección de Higiene Urbana ARTÍCULO 84°.- Créase el Área de Poda, Desmalezado y Limpieza, que se ocupará de la poda de ramas y quita de malezas y su consecuente limpieza, en terrenos y edificios municipales y en las calles de la ciudad, limpieza de arroyos y alcantarillas, siguiendo los lineamientos de la Dirección. Colaborará con las tareas del resto de las áreas cuando la superioridad así lo indique. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Higiene Urbana. ARTÍCULO 85°.- Designase Jefe del Área de Poda, Desmalezado y Limpieza al Agente NORBERTO CÉSAR LARROSA, DNI N° 30.527.074, Legajo N° 5072; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 84° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 86°.- Créase el Área Control y Logística, que se ocupará de la conformación, orientación y control de los diferentes equipos de trabajo y cuadrillas, herramientas y logística, tareas de herrería y mantenimiento, de acuerdo a los lineamientos de la Dirección. Además, se ocupará de la recolección de efluentes de los pozos domiciliarios Será apoyo logístico en eventos deportivos y culturales. Ante eventos climatológicos extremos, actuará en Defensa Civil. Colaborará con las tareas del resto de las áreas cuando la superioridad así lo indique. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Higiene Urbana. ARTÍCULO 87°.- Designase Jefe del Área Control y Logística al Agente JORGE GUSTAVO COSTA, DNI N° 25.173.892, Legajo N° 4967; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 86° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 88°.- Créase el Área Erradicación de Microbasurales, que se ocupará de la inspección, detección y erradicación de microbasurales en toda la ciudad. Además, tendrá a su cargo el retiro de ramas. Colaborará con las tareas del resto de las áreas cuando la superioridad así lo indique. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Higiene Urbana. ARTÍCULO 89°.- Desígnase Jefe del Área Erradicación de Microbasurales al Agente JOSÉ MARÍA VELÁZQUEZ, DNI N° 22.930.558, Legajo N° 2519; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 88° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 90°.- Créase el Departamento de Gestión Territorial de Reclamos Ciudadanos, que tendrá como misión, función y competencia recibir, gestionar y dar seguimiento a los reclamos realizados por los ciudadanos sobre servicios municipales en el territorio, así como elaborar informes periódicos sobre las principales inquietudes y sugerencias planteadas por la comunidad. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Higiene Urbana. ARTÍCULO 91º.- Designase Jefe del Departamento de Gestión Territorial de Reclamos Ciudadanos al Sr. HÉCTOR ADRIÁN MONTENEGRO, DNI N° 25.173.796, para el desempeño y cumplimiento de las funciones asignadas en el ARTÍCULO Nº 90° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político - Nivel 1. ARTÍCULO 92°.- Créase la Coordinación de Reclamos, que tendrá como finalidad dar el soporte, asesoramiento, asistencia y verificación del cumplimiento de los mismos desplegándose territorialmente donde surge la necesidad, complementará, colaborará y asistirá a las funciones del Departamento de Gestión Territorial de Reclamos. Se relacionará con la Subsecretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Higiene Urbana. ARTÍCULO 93°.- Designase Coordinador de reclamos al Señor LEONARDO CALABRESE, DNI N° 16.989.453, para el cumplimento de las funciones establecidas en el ARTÍCULO 92° del presente Decreto. Tendrá rango Departamento Político Nivel 2. TÍTULO III De las dependencias de la Subsecretaría de Ambiente CAPÍTULO I De las dependencias directas de la Subsecretaría de Ambiente ARTÍCULO 94°.- Créase la Coordinación de Administración y Despacho, que será competente en la orientación y diligenciamiento de la gestión administrativa de la Subsecretaría. Tendrá a su cargo la responsabilidad sobre la recepción de expedientes, registración, ordenamiento, clasificación, seguimiento y archivo de documentación respaldatoria. Coordinará y será responsable del cumplimiento de las funciones asignadas a las áreas a su cargo. Se relacionará con la Secretaría de Servicios Públicos a través de la Subsecretaría de Ambiente. ARTÍCULO 95°.- Designase Coordinadora de Administración y Despacho a la Señora CAROLINA GUIRALDES, DNI N° 23.967.618, Legajo N° 3707; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 94° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político - Nivel 1. ARTÍCULO 96°.- Créase el Departamento Compras e Inventarios el tendrá a su cargo toda operación de compra que realice ya sea mediante cotejos y concursos de precios, llamados y adjudicación de licitaciones privadas y públicas, en el marco de la normativa vigente, en materia de contrataciones de las distintas reparticiones, control y actualización permanente de Stock de las compras de las áreas dependientes de la Subsecretaría de Ambiente debiendo trabajar coordinadamente, con la Coordinación de Logística, Compras, Contrataciones e Inventarios. Dependiendo orgánica y jerárquicamente de la Subsecretaría de Ambiente. ARTÍCULO 97°.- Designase Jefa del Departamento Compras e Inventarios a la Señora LUISINA ELIN CONTE, DNI N° 31.537.375, Legajo N° 3729; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 96° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político - Nivel 1. ARTÍCULO 98°.- Créase el Departamento Técnico Ambiental, que tendrá a su cargo el asesoramiento técnico en materia ambiental, respecto al manejo, gestión y tratamiento de los residuos de cualquier tipo y en todo tema vinculado a la gestión ambiental, siguiendo las pautas que establezca la superioridad. Dependerá orgánica y jerárquicamente de la Subsecretaría de Ambiente. ARTÍCULO 99°.- Designase Jefa del Departamento Técnico Ambiental, a la Ing. PAOLA NATALIA SINNER, DNI Nº 27.569.277; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 98° del presente Decreto. Tendrá rango de Departamento Político Nivel 1. CAPÍTULO II De la Dirección de Parques y Paseos ARTÍCULO 100°.- Créase el Departamento de Diseño de Espacios Públicos, que se ocupará de organizar, asesorar, dirigir y controlar las acciones para la conservación de especies en el Jardín Botánico; en lo referente al mantenimiento, limpieza y desmalezado de parques, plazas y espacios verdes de la ciudad; el manejo de pastizales naturales, evaluando, programando y ejecutando el mantenimiento y utilización de las especies y formaciones vegetales que integran las poblaciones y reservas naturales. Realizará relevamientos de suelos y programará métodos de conservación; manejo, recuperación y habilitación de los mismos con fines paisajísticos. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Parques y Paseos. ARTÍCULO 101°.- Designase Jefe del Departamento de Diseño de Espacios Públicos a la Señora MARÍA GABRIELA MENDIBURU, DNI N° 13.519.009, Legajo N° 3377; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 100° del presente Decreto. Tendrá rango de Jefe de Departamento Político - Nivel 1. ARTÍCULO 102°.- Créase la Coordinación de Mantenimiento del Vivero, que se ocupará del asesoramiento y manejo para la obtención de árboles para ser plantados en la vía pública, y en todo lo concerniente al Vivero Municipal. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Parques y Paseos. ARTÍCULO 103°.- Designase Coordinadora de Mantenimiento del Vivero a la Señora IRMA RAQUEL GALLI, DNI N° 13.940.679, Legajo N° 9710; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 102° del presente Decreto. Sin liquidación del cargo. ARTÍCULO 104°.- Créase la División de Trabajo de Campo, que se ocupará de organizar, distribuir y supervisar, los recursos humanos y materiales en la ejecución de las tareas de poda, desmalezado y limpieza, así como atender las emergencias resultantes de la actuación en Defensa Civil y como consecuencia de acontecimientos climáticos. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Parques y Paseos. ARTÍCULO 105°.- Designase Jefe de la División de Trabajo de Campo al Agente DIEGO JAVIER GÓMEZ, DNI N° 26.877.699, Legajo N° 15041; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 104° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 106°.- Créase la División Puerto, la que entenderá en todo lo relativo al mantenimiento y control del Puerto de Concordia. Se relacionará con la Secretaria de Servicios Públicos a través de la Dirección de Parques y Paseos. ARTÍCULO 107°.- Designase Jefe de División Puerto al Agente LUIS AMÉRICO RAMOS, DNI 12.426.047, Legajo N° 2522, para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 106° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. CAPÍTULO III De la Dirección de Saneamiento Ambiental ARTÍCULO 108°.- Créase la División Inspecciones Ambientales, que se ocupará de la vigilancia ambiental en los espacios residenciales, industriales, comerciales y de servicios, para evitar cualquier tipo de contaminación, labrando las respectivas actas de constatación y las notificaciones de infracción; del control de ruidos molestos; de la gestión de residuos sólidos urbanos y especiales, tratamiento y disposición final; de las habilitaciones, traslado y clausura de las actividades comerciales, industriales, educativas y de recreación. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Saneamiento Ambiental. ARTÍCULO 109°.- Designase Jefe de la División Inspecciones Ambientales al Agente RUBÉN ANTONIO RIVERO, DNI N° 18.241.858, Legajo N° 3473; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 108° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 110°.- Créase la División Servicios Ambientales, que se ocupará de todas las acciones pertinentes al control y erradicación de insectos, mediante la aplicación localizada de productos de acción residual y de volteo con el fin de impedir infestaciones. Se relacionará con la Subsecretaría de Ambiente a través de la Dirección de Saneamiento Ambiental. *ARTÍCULO 111°.- Designase Jefe de la División Servicios Ambientales al Agente LEONARDO JOSÉ EZEQUIEL ROMERO, DNI N° 36.695.225, Legajo N° 6482, para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 110° del Decreto Nº 1186/2025. Tendrá Nivel 1. ARTÍCULO 112°.-Créase la Coordinación Centro Ambiental Nodo Concordia (CANC) Campo el Abasto que actuará en el ámbito de la Subsecretaría de Ambiente dependiente de la Secretaría de Servicios Públicos de la Municipalidad de Concordia. La Coordinación, tendrá como principal objetivo articular todas las actividades administrativas, productivas y programas, que se relacionen al funcionamiento del Centro Ambiental Nodo Concordia Campo el Abasto. Realizará toda actividad, logística y seguimiento que le compete en su ámbito. Como así también, coordinar las funciones necesarias de cada uno de los trabajadores que realicen tareas en el lugar y que resulten beneficiosas al proyecto del plan de integración social. Se relacionará con la Secretaría de Servicios Públicos a través de la Dirección de Saneamiento Ambiental. #ARTÍCULO 113°. - Desígnese Jefe de la Coordinación Centro Ambiental Nodo Concordia (CANC) Campo el Abasto, al Sr.MATÍAS MEGUEL PASCUCCIELLO, DNI Nº 32.795.286; para el desempeño de las funciones establecidas en el ARTÍCULO 112º del presente Decreto.A partir del 22/07/2026. Tendrá rango de Departamento Político Nivel 1. ARTÍCULO 114°.- Créase la División Parque el Abasto, que se ocupará de la supervisión e inspección periódica del adecuado mantenimiento edilicio del predio del Centro Ambiental Nodo Concordia (CANC). Dependerá orgánica y jerárquicamente de la Dirección de Saneamiento Ambiental. ARTÍCULO 115°.- Designase Jefe de la División Parque del Abasto al Agente CARLOS RUBEN SANTA CRUZ, DNI N° 18.141.320, Legajo N° 2390; para el desempeño de las funciones asignadas en el ARTÍCULO 114° del presente Decreto. Tendrá Nivel 1. CAPÍTULO V De la Dirección de Educación Ambiental ARTÍCULO 116º.- Créase la Coordinación de Control de Higiene Urbana, la que se encargará de supervisar el cumplimiento de las tareas de las cooperativas y entidades de limpieza urbana, realizará auditorías y evaluaciones periódicas de la calidad y efectividad de los servicios, realizará inspecciones para asegurar la cobertura y el cumplimiento de los estándares establecidos, y supervisar servicios de barrido, limpieza de alcantarillas, recolección de residuos, atmosférico, ramas y otras áreas relacionadas. Dependerá orgánica y jerárquicamente de la Dirección de Educación Ambiental. ARTÍCULO 117°.- Desígnase Jefe de la Coordinación de Control de Higiene Urbana, dependiente de la Subsecretaría de Ambiente, al Sr. AGUILAR LUIS HECTOR, DNI N° 13.178.475, Legajo N° 3987, para el desempeño de las funciones establecidas en ARTÍCULO 116º del presente Decreto. Sin liquidación por el cargo. TÍTULO V Disposiciones complementarias ARTÍCULO 118°.- La presente disposición se dicta de conformidad a lo previsto en las Ordenanza Nº 38.703/25. ARTÍCULO 119°.- Déjase sin efecto toda disposición y norma que se oponga al presente Decreto. ARTÍCULO 120°.- Dispónese que las creaciones y designaciones establecidas en el presente Decreto, comenzarán a regir a partir del 1 de Octubre de 2025. ARTÍCULO 121°.- Remitase copia a la Dirección de Recursos Humanos y a la Dirección de Liquidación de Haberes, a sus efectos. ARTÍCULO 122°.- Comuníquese, publíquese, regístrese y oportunamente, archívese. # Art.82º Modificado por Decreto Nº 1208/2025 *ART. 111º DEJADO SIN EFECTO POR DECRETO Nº 207/2026 # Art.113º Modificado por Decreto Nº660/26.
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